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El derecho indígena en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos por Roberto García González

Roberto García González

El derecho indígena en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos por Roberto García González

El reconocer la vigencia de estos derechos intrínsecos a los pueblos indígenas en la Constitución tiene sus raíces en la lucha por la justicia y la igualdad de los movimientos indígenas y sociales a lo largo de la historia del país.

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) es la Ley fundamental que rige el sistema jurídico y político de México. Desde su promulgación, en 1917, ha sido objeto de numerosas reformas para adaptarse a los cambios sociales, políticos, culturales y económicos del país.

Entre estas reformas se encuentra el reconocimiento y la protección de los derechos de los pueblos indígenas, un aspecto definitivo en el contexto de la amplia diversidad cultural de este país, inmerso desde hace siglos en una lucha por la igualdad y la justicia de todos sus pobladores.

El reconocimiento de los derechos de las llamadas minorías etno-culturales a lo largo del mundo, pueblos originarios, ha generado distintas posturas en el discurso público de los gobiernos nacionales.

En México, el derecho indígena se relaciona con el conjunto de normas y prácticas jurídicas propias de los pueblos indígenas en las diversas regiones del país, y su reconocimiento por parte del Estado Nacional. Estos sistemas jurídicos tradicionales han coexistido con los intrincados sistemas legales federal y estatales, aun cuando históricamente han sido marginados y subvalorados.

El reconocer la vigencia de estos derechos intrínsecos a los pueblos indígenas en la Constitución tiene sus raíces en la lucha por la justicia y la igualdad de los movimientos indígenas y sociales a lo largo de la historia del país. Este reconocimiento se ha plasmado en diversos instrumentos jurídicos, como la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas y el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo, que han influido en la elaboración y reforma de nuestra Carta Magna.

La historia de México está marcada por la presencia e influencia de diversos grupos indígenas que han habitado estas tierras durante milenios. Sin embargo, la conquista española y el proceso de colonización llevaron a la marginalización y la opresión de las comunidades indígenas en todo el Continente, negándoles sus derechos culturales, territoriales y políticos. Durante siglos, los indígenas lucharon por el reconocimiento de sus identidades y la defensa de sus formas de vida tradicionales.

En respuesta a estas legítimas demandas, la CPEUM ha sido modificada para reconocer y proteger los derechos de los pueblos indígenas. En 1992, se reformó su artículo 4 para reconocer la conformación heterogénea de la nación mexicana, reconociendo la existencia de una gran diversidad étnica y cultural, y plurilingüística.

En el devenir de diversos movimientos sociales que contribuyeron al reconocimiento de estos derechos, merece una mención especial el levantamiento armado ocurrido el primero de enero de 1994 en el sur del país, encabezado por el denominado Ejército Zapatista de Liberación Nacional (EZLN), justo el día en que entraba en vigor el Tratado de Libre Comercio para América del Norte, firmado meses atrás por los presidentes de México, Estados Unidos y Canadá.

 El estado de Chiapas se centró en el centro de la discusión nacional, y después mundial, en torno de las insuficientes políticas sociales dirigidas a los pueblos indígenas, y su contradicción con las políticas neoliberales que en ese momento se encontraban en plena expansión.

Después de largos periodos de diálogos entre las partes, y con los ojos del mundo puestos encima de las mesas de negociación, en febrero del año 1996 se firmaron, entre el Gobierno Federal y el EZLN, los acuerdos de San Andrés Larráinzar, sobre derechos indígenas.

Gracias a ellos, el Gobierno Federal se comprometió a promover diversas reformas constitucionales de los artículos 4 y 27, así como de promulgar una ley especializada en reconocer las demandas que por años habían enarbolado los pueblos indígenas del país.

Posteriormente, en 2001, se promulgó la Ley de Derechos de los Pueblos y Comunidades Indígenas, que reconocía la autonomía de los pueblos indígenas para gestionar sus asuntos internos y promueve el respeto a sus formas de organización social, política y económica.

En diversos artículos y disposiciones de la Constitución se ha avanzado en lo relativo al reconocimiento y protección de derechos fundamentales de los pueblos indígenas, tales como la autonomía, la libre determinación, la consulta previa, el acceso a la justicia, la propiedad de sus tierras y el respeto a su cultura, lengua y formas de organización social.

Además de reconocer los derechos de los pueblos indígenas, la Constitución ya     establece mecanismos y procedimientos para su protección y promoción. Entre estos mecanismos se encuentran instituciones creadas ex profeso para tales fines, como lo es la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, el Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas, los juzgados especializados en asuntos indígenas y los programas de desarrollo y apoyo a las comunidades indígenas, entre otros, cuyo objetivo garantizar el respeto y la vigencia de estos derechos en todas las esferas de la vida política, social, económica y cultural del país.

A pesar de los avances en el reconocimiento y protección de los derechos de los pueblos indígenas en la CPEUM, todavía persisten importantes desafíos y retos; entre los cuales se encuentran la violencia generalizada que ha permeado en la mayoría de la geografía nacional, y la falta de acceso a la justicia que enfrentan las comunidades indígenas en diversas partes del país.

Para avanzar en materia de derechos indígenas, a pesar de estos importantes retos, es necesario fortalecer la implementación y el cumplimiento efectivo de las disposiciones constitucionales, así como promover el diálogo intercultural, el respeto a la diversidad y la participación activa de los pueblos indígenas en la toma de decisiones que afectan sus vidas y sus tierras.

En muchos aspectos, hay una falta de coordinación entre las autoridades federales, estatales y municipales que dificulta la aplicación de políticas públicas efectivas para garantizar el ejercicio pleno de los derechos indígenas.

De igual manera, el flagelo de la discriminación, la exclusión social, la pobreza y la falta de acceso a servicios básicos son problemas recurrentes que afectan a las comunidades indígenas en todo el país.

Una plena vigencia y eficacia de los preceptos constitucionales requieren el compromiso y la colaboración de todas las partes involucradas, así como un enfoque integral y multidisciplinario que tenga en cuenta las realidades y necesidades específicas de las comunidades indígenas.

La lucha por un México más justo e inclusivo de la diversidad étnica y cultural que lo ha caracterizado a lo largo de los siglos, debe comenzar con la protección efectiva y la promoción de los derechos indígenas como aspectos fundamentales para la construcción de una sociedad más democrática.

Roberto García González

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